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regulacion foratataSegún resolución de 5 de mayo de 2015, de la Dirección General de Conservación del Medio Natural en relación a la práctica de la escalada en Peña Foratata, se prohíbe la escalada en y acceso a la pared hasta el 31 de julio en parte del sector suroccidenteal.

Dicha limitación se concreta del siguiente modo (UTM huso 30, datum ETRS89):

- al este de la linea que queda definida al oeste por los puntos con coordenadas 716127, 4740592; 716596, 4740767 y 716657, 4748887

- al oeste de la linea que se define al este con los puntos: 717064, 4740215; 717117, 4740535 y 717110, 4740595

- al norte de la isolínea de 1900m. entre los puntos 716127 4740592 y 717064, 4740215

y desde la parte superior: el entorno de la cima occidental por encima de los 2200m. hasta el collado entre ambas cimas, y desde éste por la repisa hasta "Cerro Fernandico".

 regulacion foratata zona

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